Se Crea Nuevo Fondo de Promoción Turística

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La Ley 9 de 14 de marzo de 2017, que comenzará a regir el 1 de agosto de 2018, crea el Fondo de Promoción Turística, la misma fue publicada en la Gaceta Oficial No. 28236-B del 14 de marzo de 2017.

Dicho fondo, tiene como objetivo principal de financiar la promoción internacional del país como destino turístico, para mejorar la actividad turística de Panamá a través de todos los medios y estrategias que se requieran y será manejado por medio de un fideicomiso de administración. El fiduciario será el Banco Nacional; la Autoridad del Turismo de Panamá y los aportantes nacionales o extranjeros serán los fideicomitentes. Los beneficiarios del fideicomiso serán todas las personas naturales o jurídicas que cumplidas las directrices de contratación y formalidades legales hayan sido seleccionadas para prestar un servicio, suministrar bienes o ejecutar una obra.

El patrimonio del fondo estará constituido por : aportes del Gobierno Central, aportes privados nacionales o internacionales y   herencias, legados o donaciones que se hagan .

Los aportes del Gobierno tendrá como fuente de ingresos los que recibe la Autoridad de Turismo en concepto de tasa de servicio al pasajero internacional en el Aeropuerto de Tocumen, por el monto de B./10.00 por pasajero, pero el aporte anual no excederá de veinte millones de balboas, y  se garantiza un aporte mínimo anual,  de dos millones de balboas.

Los recursos del fondo se destinaran a actividades definidas en el artículo 3 de la ley y para el cumplimiento de sus fines. El fondo tendrá una junta directiva  que será el órgano gestor de sus activos y serán los que definan la política de inversiones de los Fondos.  Estará integrada por siete miembros cuyo cargo no es remunerado, la conforman: el administrador de la autoridad de Turismo, el presidente del Consejo de Turismo y Cinco directores nombrados por el Presidente de la República  por un mecanismo especial por un  período de 7 años, con acuerdo del Consejo de Gabinete.  Sus funciones, limitaciones , requisitos y obligaciones generales, así como su obligación de reserva de la información está regulado también en la ley.

Los estados financieros del fondo se le presentará a un auditor externo que será contratado mediante directrices de la Junta Directiva. Toda información del Fondo estará disponible en el nodo de transparencia y sujeta a la fiscalización de la Contraloria.

Los mecanismos para la contratación de servicios del fondo serán: contratación directa en aquellos servicios con características únicas o líderes en el mercado y concurso de precios por mejor valor, en caso de diversos proveedores con iguales productos con la misma calidad.

 

Si desean mayor información de esta ley, pueden comunicarse a nuestras oficinas .

 

www.montufarcpa.com
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