Cálculo Salarial en Período Electoral

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Salario dia elecciones

Consideraciones laborales especiales para el día de elecciones y toma de posesión presidencial.

En los próximos días se estarán llevando a efecto las elecciones generales en Panamá. Esto trae una serie de repercusiones que afecta el cálculo del salario de los trabajadores y las horas laborales. Por este motivo hemos querido aportar a la comunidad empresarial información que de seguro le ayudara a manejar correctamente os pagos y permisos por ese día de votación.

El artículo 364 del Texto Único del Código Electoral establece que el trabajador que labore el día en que se llevan a cabo las elecciones, podrá ausentarse de sus labores por el tiempo necesario para que pueda ejercer su derecho al voto. Dicha norma señala que estas ausencias en horas laborales, por tales motivos, no deben recibir pena alguna ni deducción de salario.

En el caso de que el trabajador labore el día de la elección y sea domingo, se debe aplicar el artículo 48 del Código de Trabajo, el cual establece un recargo del 50% de la jornada ordinaria de trabajo y el trabajador podrá disfrutar otro día de descanso.

No obstante, la remuneración es diferente en el caso de que se labore el día de toma de posesión del Presidente de la república, donde se debe realizar el recargo del 150%, y dar otro día de descanso, ya que esa fecha es considerada día de descanso obligatorio al tenor de lo establecido en el artículo 46 y 48 del Código de Trabajo.

Les recomendamos tomar las medidas oportunas a tiempo para no afectar las operaciones de sus empresas.

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